CAPITULO IV
DECISIÓN
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en el Municipio Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara con lugar la querella interdictal de amparo interpuesta por el ciudadano Leopoldo Alfredo Mendoza Santana, cédula de identidad 3.896.495, contra los ciudadanos Zoraida Rosario Prado Vargas, Marbelis Milagela Mendoza Prado, Arturo Ramón Mendoza Rojas, Nairobi Karina Mendoza Rojas y Giuseppe Circelli Galle, identificados con los números de cédula de identidad 7.313.504, 10.246.096, 15.642.131, 15.226.209 y 378.487, respectivamente.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 274 del Código de procedimiento Civil, se condena en costas a los querellados por haber resultado totalmente vencidos.
Dada, sellada y firmada en la sala de despac.....