Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Carabobo, sede Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el ciudadano ANTONIO JOSE GONZALEZ BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.464.802, debidamente asistido por la Abogada JUDITH MILAGROS GONZALEZ BASTARDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº231.606, en contra de la sentencia dictada en fecha 18 de Marzo de 2019, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes d.....