Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada PAULA ESTRADA VILLABA, debidamente inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Matricula 45.934, con el carácter de apoderada judicial del Ciudadano ARNALDO ROLDAN SOTO CRISTANCHO. Y así se decide.
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 24-marzo-2006, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, e impugnada mediante recurso de apelación; Y así se decide.
Ordena.....