Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por la ciudadana MÓNICA MALDONADO CERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.425.268 de este domicilio, asistida por el abogado GUSTAVO BOADA CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.292.604 de este domicilio, contra el ciudadano ERNESTO JOSÉ HURTADO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.703.040, de este domicilio. ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, este Tribunal.....