III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano SANTIAGO ANTONIO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No. V.- 7.162.336.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos SANTIAGO ANTONIO JIMENEZ y MARIA ELENA ALVAREZ LAGUNA, titulares de las cédulas de identidad Nos V.- 7.162.336 y V.- 5.380.000, respectivamente, y que fuera contraído en fecha 22 de noviembre de 1976, por ante la antigua Prefectura del Municipio Miguel Peña, Distrito Valencia del Estado Carabobo, hoy Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia, Estado Carabobo.....