este Tribunal Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE RAFAEL REYES DIAZ y ANA YOIRIS LEON DUMONT venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.516.162 y V-14.971.330 respectivamente, ambos de este domicilio; asistidos por la abogada ANA YUDITH PIÑERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.783, todos de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 23 de ABRIL de 2005, ante el Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana, Estado Falcón, según consta del acta de matrimonio Nº 71, del Año 2005, que corre inserta del folio 2 del expediente.
Este tribunal no hace ningún pronun.....