SE DECLARA INADMISIBLE la demanda intentada por la abogada GRECELYS ADRIANA HERNANDEZ AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.180.336, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 189102, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana BARBARA ESTHER RODRIGUEZ PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.199.541, contra la ciudadana ILYNN ANNE ATKINSON, extranjera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 82.023.609, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS. Y ASI SE DECIDE.