Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: El Decaimiento de la Acción por Falta de Interés Procesal, en la Solicitud de Titulo Supletorio, presentado por el ciudadano EDUARDO JESÚS CASTILLO LÓPEZ venezolano, mayor de edad Titular de la cedula de identidad Nro V- 14.242.921, mediante apoderado judicial abogado FABIO CASTELLANO VILLAMIL inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros.80.617, en consecuencia terminado el procedimiento. Publíquese, diaricese, regístrese y déjese copia para el archivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan.....