DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la acción, de cobro de BENEFICIOS LABORALES, interpuesta por los ciudadanos, Franklin Antonio Niño; Ricardo Daniel Hernández; Eusebio Ramón Arias; Marco Celis Reyes y Moisés Calatayud, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 8.514.304, 14.702.431, 6.750.172, 9.506.521 y 4.787.000, en contra de la entidad de trabajo Y & V INGENIERIA y CONSTRUCCIONES C.A. Y así se declara.
No se condena en costas a la parte accionante por no quedar evidenciado en los autos que éstos percibían más de tres (03) salarios mínimos de manera mensual.
Regístrese, Publíquese y déjese copia.
Dada, Firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO.....