-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (POR DESAFECTO) incoada por la abogada IRIS JOSEFINA PORTILLO PAREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.677.153, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nro. 77.783, apoderada judicial de los ciudadanos INGRID MILAGRO CARDENAS RUSSO y JUAN CARLOS MEDINA RONDON, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.915.691 y V-12.640.841, domiciliados en Arequipa, república del Perú; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Ofi.....