decreta la INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano ORLANDO RAMON PAREDES SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.767.272, de este domicilio y designa como TUTOR INTERINO a la ciudadana GAUDENCIA PAREDES SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-7.070.613, de este domicilio. En merito de lo expuesto y a tenor de lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, se ordena seguir formalmente el proceso por los trámites del juicio ordinario y de conformidad con los Artículos 414 y 415 del Código Civil, expídase por Secretaría copia certificada mecanografiada del presente Decreto a los fines de su registro y publicación. Regístrese y déjese copia.