Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA OMISION FISCAL, y se ordena notificar a la ciudadana Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, acerca de la omisión en que ha incurrido la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en la causa penal Nº GP01-S-2011-000811, seguida en contra del ciudadano DANIEL ROJAS RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-10.818.473, fecha de nacimiento 95-02-1965, de estado civil soltero, de profesión u oficio CERRAJERO, hijo de Nicolasa Rodríguez de Rojas (F) y de Rosendo Rojas (F), residenciado en el Municipio Libertador, San Luis, Calle Principal, Casa Nº 39, Tocuyito, E.....