Verificadas las actas procesales que conforman el presente recurso, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por el abogado MANUEL BELLERA CAMPI, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, contra la decisión dictada en fecha 23 de septiembre de 2010 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que ordena oficiar al Banco Central de Venezuela a efectos de que determine la corrección monetaria de la cantidad de Bs. 5.509,24, en el juicio por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano SIMON JACOBO GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-3.576.571, contra la empresa TOYOVAL, C.A.