Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
• SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
• SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
• Queda en estos términos confirmada la decisión recurrida.
• No se condena en COSTAS, dada la naturaleza del fallo.