Se dicta auto motivado, mediante el cual se ejecutala sentencia conforme con el Art. 479 del C.O.P.P.y, se ordena su el archivo del presente asunto por haberse terminado la averiguación conforme con el ordinal 7°del Art. 206 del derogado C.E.C en relación con el ordinal 6° del Art. 108 del Código Penal.