DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el abogado BULMARO PEÑA ROSALES, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 24.318, apoderado judicial del ciudadano KARIM JAMMOUL JAMMOUL, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. 27.356.620, contra de los ciudadanos NESTOR PORFIRIO PINTO VILLEGAS, CHRISTOPHER ALBERTO JIMENEZ MEJIAS y CARMEN MERCEDES VIERA Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V.-346.415, V.-15.744.170 y V.-3.054.899, respectivamente, por: NULIDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO.
En consecuencia se declara: PRIMERO: NULO El documento de compra venta otorgado en fecha 08 de septiembre de 2009, por ante el Registro Público.....