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Decisiones del dia 01/06/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Undecimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : Gp02-L-2008-002024 N° Sentencia : PJ0662009000136 Fecha: 01/06/2009
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
MANUEL OQUENDO VS. MULTISERVICIOS VENJAPON, C.A.
Resumen:
La presente Mediación y Conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo. Y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente Acta de Mediación son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; viendo que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia, tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la.....
Juez/Ponente:
Servio Fernández Rojas
Organo:
Tribunal Undecimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP02-L-2008-002693 N° Sentencia : PJ0662009000137 Fecha: 01/06/2009
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
CARLOS ALFREDO LINDARTE MONSALVE VS. CUSTODIA Y PROTECCIÓN INDUSTRIAL, S.A.
Resumen:
este Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR LA DEMANDA y condena a la demandada CUSTODIA Y PROTECCIÓN INDUSTRIAL, S.A.; a cancelar la cantidad total de DIECIONCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.F 18.859,35). Se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades condenadas, tomándose en cuenta los IPC del Área Metropolitana de Caracas, y la cual deberá ser calculada desde el decreto de la ejecución forzosa hasta el momento en que se efectué la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Debiendo excluirse las vacaciones y recesos judiciales.
Juez/Ponente:
Servio Fernández Rojas
Organo:
Tribunal Undecimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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