Por los razonamientos antes expuestos se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR. Todo con motivo la DEMANDA incoado por incoado por los ciudadanos YELITZA ALCALA, titular de la cédula de identidad N° 16.596.142, JOSE LEONARDO SOLORZANO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.362.332, MERLY COROMOTO SOTO QUEVEDO, titular de la cédula de identidad N° 11.752.750, YURAIMA DEL SOCORRO LA CRUZ DE MONTERO, titular de la cédula de identidad N° 7.069.350, en contra de FABRICA DE CALZADO ARPINOVA, C.A, En consecuencia se condena a la parte Demandada a cancelar a los demandantes las cantidades que sean determinadas por el experto que a los efectos se designe por los conceptos condenados antes indicados.