Auto donde se RESUELVE oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, a los fines que designe un Fiscal del Ministerio Público para que ejerza la acción penal correspondiente y a la Unidad de Defensa Pública Penal de Puerto Cabello, a los fines que designen Defensor para el referido Imputado, previo a la fijación de la Audiencia Preliminar respectiva. Se ordena asimismo, librar Oficio al Internado Judicial Carabobo, conjuntamente con Boleta de Notificación para el imputado informándole que está a la orden de este Tribunal de acuerdo a la decisión citada y al Juzgado de Juicio solicitando en base a la competencia declarada y a los Artículos 136, único aparte Constitucional y Artículo 5, primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, información sobre el estado procesal del mismo.