-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por desafecto fundamentada en la sentencia N° 1070 de fecha de 09 de diciembre del año 2016, formulada por la ciudadana ALBA LUZ VARELA VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.372.316, de este domicilio, contra el ciudadano CARLOS MANUEL ARAUJO FABREGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.860.159
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha primero (1°) de diciembre del año 1972, por ante la oficina de Registro civil, del municipio Guacara, del estado Carabobo, seg.....