Vista la diligencia suscrita por el Abogado Francisco Romano Campis, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 86.098, en representación de la sociedad de Comercio Avícola "La Guásima" C.A., supra identificada, y vista la diligencia del Alguacil del Tribunal, agregada al folio Nº 317 de la Pieza N 1, de fecha 29 de Enero de 2013, el la cual informa que los Ciudadanos RICHARD GUEDEZ, ANDY HERNANDEZ, LUIS VERGARA, FRANCISCO HERNANDEZ, JESUS CASTILLO, JOSE PACHECO, WILMER DÍAZ, JOEL DÍAZ, ASDRUBAL OCHOA, ALBERTO MORA, LUIS GUEVARA, ANDRES PACHECO, y JULIO LUGO, Sujeto pasivo en la presente solicitud de la MEDIDA CAUTELAR AGRARIA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AVICOLA PRODUCTIVA, se negó a firmar el recibo correspondiente a su citación personal que le fueron practicada, de conformidad con el articulo 218, 223 y 233 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal dispone que la Secretaria Libre Boletas de Notificación; en la cual Comunique a los Notif.....