Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Sin lugar la demanda intentada por los ciudadanos LUIS ANGULO CASTILLO, OFRAI FRANCISCO GUANIPA ESCOBAR, FRANCISCO JAVIER GUANIPA ESCOBAR, IVAN JOSE FERNANDEZ BRIZUELA, ALBERTO RAMON ESCOBAR, PAUL JOSE ESCOBAR, OSCAR JOSE LOPEZ, NELSON BRIZUELA y JOSE ISABEL VILLASANA AVILA, titulares de las cédulas de identidad números 13.104.590, 15.218.156, 13.315.445, 16.399.913, 7.905.444, 10.861.667, 15.900.030, 15.977.551 y 3.571.015, respectivamente, contra AJEVEN, C.A., antes Industrias Añaños de Venezuela, C.A.