En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en su Sala de Juicio N° 4 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA Conversión en Divorcio de la SEPARACIÓN DE CUERPOS existente entre los ciudadanos RICARDO OLIVEROS IVANOVNA y MARIA DE JESUS CORONEL PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.577.450 y 7.534.938, respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une desde veinte (20) de Febrero de 1981, fecha que contrajeron matrimonio por ante la Prefectura de la Parroquia San José del Municipio Valencia del Estado Carabobo
De conformidad con lo establecido en los Artículos 351, 360, 366 y 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el Tribunal en los mismos términos y condiciones expuestos por los padres el rég.....