IV
DISPOSITIVO
En consecuencia, este tribunal SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO declara: PRIMERO: INVÁLIDA LA OFERTA REAL DE PAGO propuesta por el abogado WILKINSON VILLAFAÑE abogado de libre ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.593 en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos VIVIAN SERENA URIBE GIUGNI y MANUEL ANTONIO SCHEMKE TAMAYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-11.358.927 y V-11.787.987 y el depósito realizado a favor de la ciudadana JESSICA GEDRITZA FLORES MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.150.749, quedando a disposición del demandante la cantidad depositada más los intereses devengados. SEGUNDO: Se condena en costas procesales a la parte oferente por resultar totalmente vencida en atención a lo establecido en el artícul.....