Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada los ciudadanos Ronald Marwin Salazar Acevedo y Yhonaydi Yamil Kanahan Albujar, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 11.748.261 y V.- 16.184.870, respectivamente
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, y que fuera contraído en fecha 17 de agosto de 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Unión, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 018, Folio 24, Tomo I, Año 2010.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia y déje.....