III
En mérito de las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CONCLUIDA LA PARTICION DE COMUNIDAD. Procédase a la venta mediante subasta pública un bien inmueble constituido constituido por un lote de terreno parte de mayor extensión, con un área de ciento sesenta y tres metros cuadrados con cuarenta centímetros (163,40Mts2), siendo éste el área correcta y no la que se especifica en el documento de las bienhechurías, ubicado en el sector 1, calle 5, casa No. 14, de la Urbanización San Esteban, del Municipio Autónomo de Puerto Cabello. Dicho lote de terreno se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos generales: NORTE: Carretera que condice de Puerto Cabello a Goaigoaza; SUR: Con terrenos de Mercantil y Agrícola Sa.....