Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (POR DESAFECTO) incoada por la ciudadana IRMA JOSEFINA PALMA CALDERON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.492.405, de este domicilio, asistida por la abogada ANA LEGÓN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 133.896, asistente jurídico voluntario del programa Tribunal Móvil; solicita el DIVORCIO por desafecto de conformidad con la Sentencia No 1070 de fecha 09/12/2016 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contra el ciudadano VICTOR MANUEL QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d.....