DECISIÓN
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos por esta Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, para el conocimiento del Recurso de Apelación de Sentencia. SEGUNDO:SE ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por el abogado ABDENAGO JOSÉ PASTRAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.254.180en representacióndel acusado JESÚS EDUARDO MUÑOZ OVIEDO, titular de la cédula de identidad Nro. V-31.767.307, plenamente identificado en autos, conforme a lo establecido en los artículo 444, 445 y 447 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada y publicado en fecha 09/06/2026, por el Tribunal Tercero (03°) de Primera Instancia en función de Control del Cir.....