DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana FABIOLA CRISTINA BARRIOAS ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.605.088, y de este domicilio, asistida por la abogada ZORAIDA RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 200.441, actuando en su carácter de Asistente Jurídico Voluntario; contra el ciudadano LUIS ALEXANDER HERNANDEZ BOLÍVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.201.716, y de este domicilio. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 07 de julio de 2023, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guigue, del Municipio Carlos Arvelo, del estado Carabobo, según acta de matrimonio N° 143, Tomo I, Folio N° 143, del año 2023, Parroquia guigue. SEGUNDO: SE ORDENA la ejecución de la presente sentencia; a tal efecto, líbrense oficios al Registro Civil donde se efectuó el matrimonio y al Registro Princi.....