DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO presentado por el abogado LUIS GUILLERMO RUIZ, inscrito en el Instituto de la Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.785, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LAS 24 HORAS C.A. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 11 de agosto de 2026 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo oír el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante abogado LUIS GUILLERMO RUIZ, inscrito en el Instituto de la Previsión Social del Abogado bajo el N° 129.785, contra el auto de fecha 31.....