En orden a las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS LA PRETENSION, con motivo de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por el abogado JOSE FAUSTINO MARQUEZ GARCIA, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 331.513 en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YESIKA LISNNET MONTILLA DOMÍNGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.559.146, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 166 y 341del Código de Procedimiento Civil, concatenados con los artículos 3 y 4 de la Ley de Abogados.
Publíquese, y déjese copia para el archivo del Tribunal. Publíquese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS D.....