II
MOTIVA
En cuanto a la admisión de la solicitud, este Tribunal hace las consideraciones siguientes:
De las actas que conforman la presente Demanda, se evidencia que estamos en presencia de una demanda RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, Ahora bien, de la revisión minuciosa del expediente se pudo constatar que en el libelo la estimación del valor real de la demanda es por la Cantidad de CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 5.000,00 USD), equivalente a DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS OCHO CON CINCUENTA Y SEIS BOLÍVARES (2.990.608,56 Bs), determinada por el valor del Euro según la tasa del día Catorce (14) de Mayo del 2026 del Banco Central de Venezuela, en Quinientos Noventa y Ocho Bolívares con Doce Céntimos (598,12 bs), y en atención a la Resolución N° 2023-0001, de 24 de Mayo de 2023, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su Artículo 1 ordinal a , establece: "Los Juzgados de Municipio y Ejecutores de Medidas, Categoría C en el escalafón ju.....