En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de DESALOJO (VIVIENDA), presentada por la Ciudadana NANCY SÁNCHEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.145.868, actuando en su carácter de apoderada de DIANA MIREYA SANCHEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.093.946, debidamente asistida por la abogada AIXA VICTORIA ZAPATA ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 239.892 SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.