II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO por la ciudadana YRIS DEL CARMEN BRITO QUERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.611.046, contra el ciudadano PEDRO JOSE CEDEÑO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V- 7.170.215.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, en concordancia con el artículo 283 del Código de Proce.....