En atención a las anteriores consideraciones, esta Sala Nº: 01 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se admite el RECURSO DE APELACIÓN BAJO LA MODALIDAD DE EFECTO SUSPENSIVO, interpuesto por la Abg. GLENNIS OVIEDO, en su carácter de Fiscal adscrita a la Fiscalía de Flagrancia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD DE LA AUDIENCIA ESPECIAL DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA celebrada en fecha 25 de Abril del 2025, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto CIM-2025-000887 (SACCES), de conformidad con los artículos 174, 175 en concordancia con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, por violació.....