En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de EXHIBICIÓN DE DOCUMENTO, presentada por el Ciudadano LUIS OMAR BORDONES RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.045.048, debidamente asistido por el abogado JULIO ESTEBAN HUNG DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.390. SEGUNDO: SE ORDENA la devolución del documento original que cursa en autos, dejando en su lugar copia certificada del mismo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.