Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Onnys David Cohen Lugo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-12.472.499.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía con la ciudadana Keyla Yraida Camacho Parra, titular de la cedula de identidad No. V-10.854.940y que fuera contraído en fecha 23 de diciembre de 2005, por ante el Registro Civil de la Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, tal como consta en acta asentada bajo el No. 37, Folios106 al 108, Año 2005.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia e.....