En base a las anteriores consideraciones de esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara INADMISIBLE LA RECUSACIÓN POR FALTA DE INSTRUMENTOS PROBATORIOS, planteada por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN PIMENTEL MARTÍNEZ, en su condición de víctima plenamente identificada en el asunto principal signado con el N° GP11-P-2022-000280, en contra de la Abg. ANA ROSA MATUTE, quien actúa como Jueza a cargo del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, con fundamento en el artículo 89 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, puesto que no consignan prueba alguna de sus alegatos, que permitan verificar la existencia de las causales planteadas. SEGUNDO: En virtud d.....