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Decisión
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la demanda por reconocimiento de contenido y firma de documento privado, presentada por la abogada Nellys Josefina Ojeda Gómez, titular de la cédula de identidad No. V.- 7.160.773, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 280.149, acreditándose la representación sin poder de los ciudadanos Magdihel Eleazar Landinez Espinoza y Estefanny Joselin Zavala Dávila, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-24.798.610 y V-27.393.952, contra la Yudith Coromoto Romero, venezolana, mayor de edad, titu.....