V
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Tercero En Lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión interlocutoria de fecha 23 de junio de 2026, mediante la cual el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo NO ADMITIÓ la asistencia del abogado ROGER MORILLO LIZARDO, para actuar y brindar asesoramiento legal a la parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL POINA, C.A., representada por su Director-Gerente ciudadana ARANTZA ODRIOZOLA BERMÚDEZ, contra la sociedad mercantil ALIMENTOS Y SUMINISTROS RFM, C.A., y la sociedad mercantil SEGUROS CARACAS, C.A., en el juicio de RETARDO PERJUDICIAL, en el expediente 25.568, por existir un pronunciamiento previo de este Tribunal que, declaró en fecha 1.....