V
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: SIN LUGAR la RECUSACIÓN formulada en fecha diecisiete (17) de junio de 2026, por el abogado JAVIER ELEAZAR CASTRO MADERO, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 290.663 , actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANÍBAL MANUEL ARIAS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.378.289, contra el abogado PEDRO LUIS ROMERO PINEDA, actuando en su carácter de Juez Provisorio del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
2. SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa por la cantidad de BOLÍVARES DOS MIL CON 00/100 CÉNTIMOS .....