Del escrito de Promoción de Pruebas presentada por la parte demandante, ratifica las documentales previamente consignadas y que a continuación se mencionan:
1.1 DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES:
Copia simple del documento autenticado ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Valencia del Estado Carabobo, de fecha 02 de agosto de 1988, bajo el N°63, folios 76 al 78, tomo 80.
Copia simple de documento de hipoteca expedida por el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 22 de julio de 1983, bajo el N°20, protocolo primero, tomo 9.
En cuanto a las pruebas documentales promovidas, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, la ADMITE por no ser contrarias a derecho, ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia que decida la incidencia cautelar. Así se declara.
1.2 DE LAS PRESUNCIONES Y LA NOTORIEDAD LEGAL:
Las Presunciones legales y h.....