III.- DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano HENRY HUMBERTO BUSTAMANTE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.222.777, debidamente asistido por el abogado en ejercicio MARLON DE JESÚS HERNÁNDEZ BUSTAMANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.252, actuando en representación de la ciudadana NUBIA STELLA BUSTAMANTE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.222.779. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales cursantes en auto.....