III
En razón a las pruebas aportadas por la parte interesada que corren insertas a los autos y de conformidad con la norma anteriormente citada el Decreto de Título Supletorio sobre las bienhechurías que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, se otorga con todos los derechos a la entidad mercantil RESTAURANT MAX PASEO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 12 de septiembre de 2005, bajo el No. 10, tomo 279-A, con Registro de Información Fiscal (R.I.F.) J-314107275, el cual fue presentada por su Gerente General , ciudadano MAX HUMBERTO MIRANDA TORRES, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. V-5.032.990, asistido por el abogado JORGE LUIS CAMACHO GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.612, dejándose a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE.
Dada, firmada .....