Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por las profesionales del derecho LYLI LOPEZ Y ÚRSULA MARÍA MUJICA, en su condición de Defensoras Privadas de la acusado ELIECER MANUEL GÓMEZ SANTANA, contra la decisión dictada en fecha 04 de Octubre de 2024 y publicada en su texto íntegro en fecha 27 de Noviembre de 2024, por Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el ASUNTO PRINCIPAL signado bajo el número D-2025-46244 °, mediante el cual declara declaró la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 04 de Octubre de 2024 y publicada en su texto íntegro en fecha 27 de Noviembr.....