VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO; SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO presentado por el abogado Gustavo 1. Nieto M., procediendo en su carácter de apoderado de la firma mercantil FEDERAL EXPRESS CORPORATION, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 26 de febrero de 2026, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, la sentencia interlocutoria dictada en fecha 26 de febrero de 2026, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
TERCERO: No se condena en costas por la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, R.....