En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO POR FALTA DE INTERÉS DE LA PARTE ACTORA interpuesta por la Sociedad Mercantil DANORAL C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 10 de julio de 1992, bajo el Nro. 37, tomo 21-A, sgdo, representada por la ciudadana NATIVIDAD CAROLINA NIEVES MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V-5.976.226, y de este domicilio; a través de su apoderada judicial abogada ELBA BRICEÑO inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.990, contra la Ciudadana MARIA XIOMAR.....