Con base a las consideraciones anteriores, esta Sala Accidental de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano HECTOR ALEXANDER TOVAR CHÁVEZ, quién alega actuar como víctima, contra la decisión publicada en fecha 07 de Abril del 2026, por el Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº Nº DO-2026-82932, mediante la cual declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano antes mencionado, contra del Fiscal Cuarto (04°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, considerando que.....