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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por los ciudadanos JOSE GABRIEL MEDINA MORENO y YANETH ARACELYS GUTIERREZ MANTUANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.551.261 y V- 19.554.323, de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada ZORANGEL TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 312.795; en contra de la ciudadana, ELBA CONCEPCION MILLAN ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.291.503, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO:.....