EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
San Joaquín 12 de Febrero de 2025.
215º y 166º
Vista la solicitud presentada por las ciudadanas: KATIUS YAREMIS HERIVER URIBE y YARELIS DEL VALLE URIBE, Venezolanas, Mayores de Edad y Titulares de la Cedula de Identidad N°. V-15.611.315 y V-15.611.314, respectivamente, asistida por la Abogado: FIDELIA DEL CARMEN PÉREZ PERDOMO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 269.103, en la que solicitan que sean declarados como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de su causante, MIRELLA DEL VALLE URIBE, quien era Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.266.955, quien falleció a causa de: Hemorragia Subaranoidea, enfermedad Cerebro Vascular, según Acta de Defunción Nº 176, Tomo.....